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	<title>Artículos Jurídicos / Actualidad Jurídica - Masqueabogados</title>
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	<description>Masqueabogados: tu bufete de abogados de confianza en Valencia y Madrid, especializados en servicios legales personalizados con la comodidad de la atención online.</description>
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	<title>Artículos Jurídicos / Actualidad Jurídica - Masqueabogados</title>
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		<title>Liquidación de Gananciales: Todo lo que Necesitas Saber</title>
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		<dc:creator><![CDATA[MarkArturoMQA]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 May 2024 10:46:22 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>En MasQueAbogados, entendemos que la liquidación de gananciales es un proceso complejo y muchas veces emocionalmente difícil. Este artículo te proporcionará una guía completa sobre este tema crucial en el derecho de familia. ¿Qué es la Liquidación de Gananciales? La liquidación de gananciales es el proceso mediante el cual se divide el patrimonio común de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>En <strong>MasQueAbogados</strong>, entendemos que la l<strong>iquidación de gananciales</strong> es un proceso complejo y muchas veces emocionalmente difícil. Este artículo te proporcionará una guía completa sobre este tema crucial en el derecho de familia.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="585" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2024/05/DALL·E-2024-05-23-12.44.27-A-professional-blog-header-image-for-an-article-titled-Liquidacion-de-Gananciales_-Todo-lo-que-Necesitas-Saber-by-Mas-Que-Abogados.-The-image-should-1024x585.webp" alt="" class="wp-image-13942" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2024/05/DALL·E-2024-05-23-12.44.27-A-professional-blog-header-image-for-an-article-titled-Liquidacion-de-Gananciales_-Todo-lo-que-Necesitas-Saber-by-Mas-Que-Abogados.-The-image-should-1024x585.webp 1024w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2024/05/DALL·E-2024-05-23-12.44.27-A-professional-blog-header-image-for-an-article-titled-Liquidacion-de-Gananciales_-Todo-lo-que-Necesitas-Saber-by-Mas-Que-Abogados.-The-image-should-300x171.webp 300w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2024/05/DALL·E-2024-05-23-12.44.27-A-professional-blog-header-image-for-an-article-titled-Liquidacion-de-Gananciales_-Todo-lo-que-Necesitas-Saber-by-Mas-Que-Abogados.-The-image-should-768x439.webp 768w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2024/05/DALL·E-2024-05-23-12.44.27-A-professional-blog-header-image-for-an-article-titled-Liquidacion-de-Gananciales_-Todo-lo-que-Necesitas-Saber-by-Mas-Que-Abogados.-The-image-should-1536x878.webp 1536w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2024/05/DALL·E-2024-05-23-12.44.27-A-professional-blog-header-image-for-an-article-titled-Liquidacion-de-Gananciales_-Todo-lo-que-Necesitas-Saber-by-Mas-Que-Abogados.-The-image-should.webp 1792w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><br><strong>¿Qué es la Liquidación de Gananciales?</strong></h2>



<p>La <strong>liquidación de gananciales</strong> es el proceso mediante el cual se divide el patrimonio común de una pareja casada bajo el régimen de gananciales tras su separación o divorcio. Este procedimiento asegura que ambos cónyuges reciban una parte equitativa de los bienes acumulados durante el matrimonio.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><br><strong>¿Cuándo se Realiza la Liquidación de Gananciales?</strong></h2>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Divorcio o Separación:</strong> Es la situación más común, donde se procede a<br>dividir los bienes tras la disolución del matrimonio.</li>



<li><strong>Fallecimiento de uno de los cónyuges:</strong> En este caso, se liquida la<br>sociedad de gananciales para distribuir los bienes entre el sobreviviente y<br>los herederos.</li>



<li><strong>Cambio de Régimen Económico:</strong> Si la pareja decide cambiar a un<br>régimen de separación de bienes, también se debe realizar la liquidación.</li>
</ul>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Pasos para la Liquidación de Gananciales</strong></h2>



<p>Para llevar a cabo una <strong>liquidación de sociedad de gananciales</strong>, se deben seguir varios pasos importantes:</p>



<h3 class="wp-block-heading"><span style="text-decoration: underline;">1. Inventario de Bienes y Deudas</span></h3>



<p>El primer paso es realizar un inventario exhaustivo de todos los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio. Esto incluye propiedades, vehículos, cuentas bancarias, inversiones, y cualquier otro activo o pasivo.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><span style="text-decoration: underline;">2. Valoración de los Bienes</span></h3>



<p>Una vez que se ha hecho el inventario, es necesario valorar cada uno de los bienes. Esta valoración debe ser justa y reflejar el valor actual de los activos.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><span style="text-decoration: underline;">3. Acuerdo entre las Partes</span></h3>



<p>Es fundamental que ambos cónyuges lleguen a un acuerdo sobre la división de los bienes. Si no es posible alcanzar un acuerdo, será necesario acudir a la vía judicial.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><span style="text-decoration: underline;">4. Reparto de Bienes</span></h3>



<p>Finalmente, se procede al reparto de los bienes según lo acordado o lo dictaminado por el juez. Este reparto debe ser equitativo, teniendo en cuenta las contribuciones de cada cónyuge durante el matrimonio.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><br><strong>Problemas Comunes en la Liquidación de Gananciales</strong></h2>



<p>Durante la <strong>liquidación de bienes gananciales</strong>, pueden surgir varios problemas, como la falta de acuerdo sobre la valoración de los bienes, la ocultación de activos por parte de uno de los cónyuges, o disputas sobre qué bienes son considerados gananciales y cuáles no.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><br><strong>¿Necesitas Ayuda con la Liquidación de Gananciales?</strong></h2>



<p>En <strong>MasQueAbogados</strong>, contamos con un equipo de expertos en derecho de familia que pueden ayudarte a navegar este proceso de manera eficiente y justa. Sabemos que cada caso es único, y estamos aquí para ofrecerte la asesoría personalizada que necesitas.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><br><strong>Contacta con Nosotros</strong></h2>



<p>Si te encuentras en el proceso de separación o divorcio y necesitas asistencia con la l<strong>iquidación de gananciales,</strong> no dudes en contactarnos. En <strong>MasQueAbogados</strong>, estamos comprometidos a ayudarte a resolver tus problemas legales de manera efectiva y profesional. </p>



<p>¡Contáctanos hoy mismo para una consulta y permite que nuestros expertos te guíen a través de este proceso!</p><p>The post <a href="https://www.masqueabogados.com/liquidacion-de-gananciales-todo-lo-que-necesitas-saber/">Liquidación de Gananciales: Todo lo que Necesitas Saber</a> first appeared on <a href="https://www.masqueabogados.com">Masqueabogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>Soy abogada del turno de oficio</title>
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		<dc:creator><![CDATA[MarkArturoMQA]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Mar 2023 10:22:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Artículos Jurídicos / Actualidad Jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Masqueabogados]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[juzgados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con la reciente huelga que han secundado los LAJ (Letrados de la Administración de Justicia), (antiguos Secretarios Judiciales), parece que en la Administración de Justicia se están removiendo carencias que venían de tiempo atrás. Los LAJS son funcionarios protegidos por el derecho de huelga, pero ¿Qué pasa con los abogados? ¿Y en concreto con los [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Con la reciente huelga que han secundado los LAJ (Letrados de la Administración de Justicia), (antiguos Secretarios Judiciales), parece que en la Administración de Justicia se están removiendo carencias que venían de tiempo atrás.</p>



<p>Los LAJS son funcionarios protegidos por el derecho de huelga, pero ¿Qué pasa con los abogados? ¿Y en concreto con los abogados del turno de oficio?</p>



<p>Ser abogado del turno de oficio no es sinónimo de ser un abogado incompetente, con mala fama, que en parte le han atribuido algunas series americanas, animados por el populacho cuando se imaginan al abogado de oficio como alguien sin experiencia y que «pasa» de sus clientes.</p>



<p>Cuantas veces hemos oído: No quiero abogado de oficio, prefiero de pago, no me fio del abogado de oficio, entre otras lindezas, todo ello con total desconocimiento que la mayoría de abogados que somos de pago también lo somos de oficio.</p>



<p>Y ello sin contar con la desconsideración, desprecio, frialdad de trato, distancia gélida, impertinencia, incluso rozando a humillaciones que por parte de algunos de los miembros de la judicatura, fiscalía y demás funcionariado de la Administración de Justicia soportamos no sólo los abogados de oficio sino cualquier abogado sea privado o de oficio.</p>



<p>Me considero no solo abogada privada sino también del turno de oficio, y lo digo con mucho orgullo, porque para que todo el mundo sepa, el abogado de oficio en España es un profesional que tras terminar la licenciatura o grado en Derecho, al menos tiene que llevar 3 años ejerciendo y superar un examen, master, o en años anteriores haber superado el examen de la Escuela de Práctica jurídica</p>



<p>Además, el sistema español de Justicia Gratuita está considerado como uno de los mejores del mundo y cuenta con un alto nivel de satisfacción por parte de los usuarios, con una media de profesionales con 15 años de experiencia, que se implican al cien por cien en sus casos.</p>



<p>Entonces ¿Porqué no cuidamos y respetamos al abogado de oficio, clave en nuestro sistema de justicia? Porque sin abogados de oficio no se podría hacer efectivo el derecho de defensa que garantiza nuestra Constitución y sólo los ciudadanos que pudieran pagar un abogado podrían defenderse, es decir los menos favorecidos económicamente quedarían fuera, desprotegidos, algo impensable en nuestro Estado de Derecho.</p>



<div style="height:30px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" width="678" height="381" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/placa-abogado-turno-de-oficio.jpg" alt="" class="wp-image-12963" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/placa-abogado-turno-de-oficio.jpg 678w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/placa-abogado-turno-de-oficio-300x169.jpg 300w" sizes="(max-width: 678px) 100vw, 678px" /></figure>



<div style="height:30px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p><strong><u>Reivindicaciones del turno de oficio</u></strong></p>



<p><strong>Entonces, ¿cuales serían las reivindicaciones básicas del turno de oficio?. Por enumerar algunas sin ser taxativos:</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Dignificación del turno de oficio, que se nos tenga consideración y respeto por parte de algunos jueces, funcionarios y personal de la Administración de Justicia?</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Sistema de remuneraciones justas y pago puntual. Lo que se cobra en el turno de oficio son remuneraciones ridículas frente a los honorarios medios que por el mismo procedimiento pueda cobrar un despacho de abogados privado.</li>



<li>Que se pague todo el trabajo que lleve a cabo el abogado de oficio, ¿Usted sabe que por ejemplo en Valencia no se cobran determinados recursos como el de Reforma o si se suspende un juicio no se le paga ese día al abogado de oficio? O que no cobran ni siquiera los desplazamientos para ir a los establecimientos penitenciarios o ni siquiera cobran la asistencia o consulta con un interno?</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Que en caso de enfermedad se suspendan los plazos y juicios y no sea una facultad potestativa del Juzgado.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Que tengan la consideración de autoridad como tienen los profesores los médicos, entre otros profesionales, y mayor protección por parte de los colegios de abogados frente a amenazas o presiones de sus clientes, mayor amparo colegial.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Mayor control en la concesión de Justicias gratuitas y denegarlo en caso de abuso de derecho por parte del justiciable</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Facilidades a la hora de trabajar, y en el ejercicio de sus funciones de guardia, tanto en materia de desplazamientos, aparcar en zona destinada a funcionarios o policía en comisarias</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Expediente judicial electrónico, y mientras se implanta que se facilite copias por parte del funcionariado sin necesidad de que se tengan que hacer fotos de los Autos con el móvil o bien imprimirlo (si hay una fotocopiadora en el Juzgado), con el gasto de impresión el cual no es remunerado por el Estado.</li>
</ul>



<p>Y así podríamos estar enumerando y enumerando…las condiciones en que se trabaja en el turno de oficio son lamentables, por lo que no sería de extrañar que desde el turno de oficio se pudiera plantear paros, concentraciones e incluso huelga porque como sabemos desgraciadamente ”<em>los derechos no se conceden sino que se conquistan”</em>, y sino, que se lo digan a los trabajadores del siglo pasado que con su lucha obrera&nbsp; consiguieron muchos de los derechos que hoy tienen.</p>



<p><strong><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/">Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada y del turno de oficio)</a></strong></p><p>The post <a href="https://www.masqueabogados.com/soy-abogada-del-turno-de-oficio/">Soy abogada del turno de oficio</a> first appeared on <a href="https://www.masqueabogados.com">Masqueabogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>Nueva Cuota de Autónomos 2023</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Mas que Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 Mar 2023 09:58:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Artículos Jurídicos / Actualidad Jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Masqueabogados]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[empresa]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con la llegada del año 2023, el 1 de enero entró en vigor el RD Ley 13/2022 de 26 de Julio de 2022 donde se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Los Reyes nos han traído a los autónomos un aumento en el pago de nuestra cuota [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Con la llegada del año 2023, el 1 de enero entró en vigor el RD Ley 13/2022 de 26 de Julio de 2022 donde se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos.</p>



<p>Los Reyes nos han traído a los autónomos un aumento en el pago de nuestra cuota mensual a la seguridad social, pasando de 230 a 500 € mensuales, que eso sí, podremos cambiar como máximo 6 veces al año en función de los ingresos que podamos tener, lo cual nos obliga a hacer una estimación de nuestros ingresos.</p>



<p></p>



<figure class="wp-block-gallery has-nested-images columns-default is-cropped wp-block-gallery-1 is-layout-flex wp-block-gallery-is-layout-flex">
<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" width="600" height="900" data-id="12876" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/trabajador-autonomo-1.png" alt="Autonomo-masqueabogados" class="wp-image-12876" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/trabajador-autonomo-1.png 600w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/trabajador-autonomo-1-200x300.png 200w" sizes="(max-width: 600px) 100vw, 600px" /></figure>
</figure>



<div style="height:46px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p></p>



<h3 class="wp-block-heading has-text-align-center"><strong>¿Desde cuándo un autónomo sabe</strong> <strong>lo que va a ganar al mes?</strong></h3>



<div style="height:13px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p>Puede que algunos afortunados lo sepan pero para la mayoría de autónomos mortales no es así, salvo se disponga de una bolita de cristal, porque ¿Puede un autónomo prever si va a tener o no impagos? ¿Podemos predecir las fluctuaciones en la situación económica actual?.</p>



<p>La nueva cuota mínima son 230 € pero ojo!! Para lo que ganen menos de 670 € al mes, si tenemos en cuenta que el Salario mínimo profesional está en 1080 €, si ganas menos de 670&nbsp; y pagas 230 € ¿Cuánto te queda para vivir y pagar los gastos afectos a tu actividad?.</p>



<p>Esta tesitura va a conllevar que muchos autónomos abandonen y busquen trabajar por cuenta ajena o que se fomente la economía sumergida y mucho dinero en B, además de frenar el emprendimiento porque si bien es cierto que existe tarifas planas muy económicas para empezar cuando terminan los dos primeros años te suben a 230 € de pago mínimo…Menudo Sablazo!!, esto desmotiva a cualquier nuevo empresario.</p>



<figure class="wp-block-image size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/autonomo-2.webp" alt="" class="wp-image-12857" width="839" height="559" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/autonomo-2.webp 600w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/03/autonomo-2-300x200.webp 300w" sizes="(max-width: 839px) 100vw, 839px" /></figure>



<div style="height:44px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p></p>



<h3 class="wp-block-heading has-text-align-center"><strong>¿Cuánto vamos a tener que pagar?</strong></h3>



<div style="height:13px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p>las cuotas de autónomos según el tramo de rendimientos netos son:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Tramo de menos de 670 euros: 230 euros de cuota</li>



<li>Tramo 670 / 900 euros: 260 euros de cuota</li>



<li>Tramo 900 / 1.166 euros: 275 euros</li>



<li>Tramo 1.166 / 1.300 euros: 291 euros</li>



<li>Tramo 1.300 / 1.700 euros: 294 euros</li>



<li>Tramo 1.700 / 1.850 euros: 310 euros</li>



<li>Tramo 1.850 / 2.030 euros: 315 euros</li>



<li>Tramo 2.030 / 2.330 euros: 320 euros</li>



<li>Tramo 2.330 / 2.760 euros: 330 euros</li>



<li>Tramo 2.760 / 3.190 euros: 350 euros</li>



<li>Tramo 3.190 / 3.620 euros: 370 euros</li>



<li>Tramo 3.620 / 4.050 euros: 390 euros</li>



<li>Tramo 4.050 / 6.000 euros: 420 euros</li>



<li>Tramo de más de 6.000 euros 500 euros</li>
</ul>



<p>El&nbsp;<strong>cálculo&nbsp;</strong>de la cuota de autónomo&nbsp;se realizará con la suma de todas las facturas del mes del trabajador tras la liquidación del IVA y el IRPF correspondiente. Además, de las&nbsp;<strong>cuotas&nbsp;</strong>abonadas a la Seguridad Social.</p>



<p>Para facilitarnos los cálculos existe un simulador de cuotas correspondiente al ejercicio del 2023 en la web de la seguridad social<strong>: </strong><a href="https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/tramites/simuladorRETAPublico" target="_blank" rel="noreferrer noopener">SIMULADOR DE CUOTAS DE AUTONOMO</a></p>



<p><strong><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/"></a></strong></p>



<p><strong><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Autor: Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)</a></strong></p>



<p><a href="https://www.masqueabogados.com/#videoconsulta" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>RESERVA TU VIDEOCONSULTA</strong></a></p><p>The post <a href="https://www.masqueabogados.com/nueva-cuota-de-autonomos-2023/">Nueva Cuota de Autónomos 2023</a> first appeared on <a href="https://www.masqueabogados.com">Masqueabogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>Reclama los seguros que pagaste con la hipoteca</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Mas que Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Feb 2023 10:58:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Bancario]]></category>
		<category><![CDATA[Masqueabogados]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[jueces]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>RESERVA TU VIDEOCONSULTA Desde el año 2006 era una práctica habitual en los bancos, cuando concedían un préstamo hipotecario, imponer junto con el préstamo la contratación de un seguro de vida o de protección de pagos con la aseguradora que elegían ellos. El cliente pagaba por adelantado la prima al seguro, aumentando el banco unilateralmente, [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.masqueabogados.com/#videoconsulta"><strong>RESERVA TU VIDEOCONSULTA</strong></a></p>



<p>Desde el año 2006 era una práctica habitual en los bancos, cuando concedían un préstamo hipotecario, imponer junto con el préstamo la contratación de un seguro de vida o de protección de pagos con la aseguradora que elegían ellos.</p>



<p>El cliente pagaba por adelantado la prima al seguro, aumentando el banco unilateralmente, el importe del préstamo, lo que hacía que subiese el recibo del préstamo, siendo la cantidad mayor, y por tanto más intereses.</p>



<figure class="wp-block-image size-large is-style-default"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-3760067-1024x683.webp" alt="Reclama-los-seguros-de-tu-hipoteca-masqueabogados" class="wp-image-12838" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-3760067-1024x683.webp 1024w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-3760067-300x200.webp 300w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-3760067-768x512.webp 768w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-3760067-1536x1024.webp 1536w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-3760067.webp 1600w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>A modo de ejemplo, si usted pedía un préstamo de 100.000 €, y se le obligaba a contratar los seguros de protección de pagos y de vida por los que tenía que pagar 10.000 €, el préstamo se aumentaba al cliente que pasaba de pagar de 100.000 € a 110.000 €, sin que pudiese negociar absolutamente nada.</p>



<p>En la actualidad los juzgados están declarando estos contratos de seguros nulos por abusivos obligando a las aseguradoras y a los bancos a devolver lo abonado al seguro y los intereses pagados por el aumento, más los intereses legales desde el momento en que se abonó.</p>



<figure class="wp-block-gallery has-nested-images columns-default is-cropped wp-block-gallery-2 is-layout-flex wp-block-gallery-is-layout-flex">
<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="682" data-id="12839" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/coins-1726618_1280-1024x682.jpg" alt="" class="wp-image-12839" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/coins-1726618_1280-1024x682.jpg 1024w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/coins-1726618_1280-300x200.jpg 300w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/coins-1726618_1280-768x512.jpg 768w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/coins-1726618_1280.jpg 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
</figure>



<p>Cabe decir además que no existe plazo para reclamar, por lo que aunque el préstamo se haya cancelado, cabe la reclamación de dichos importes, ya que estos contratos son nulos. Por ello, es importante contar con el asesoramiento legal de profesionales que conozcan la materia.</p>



<p>Autor: <a href="https://www.instagram.com/abogadamariabuso/">María Busó Ramón</a>.</p>



<p><a href="https://www.linkedin.com/in/maria-buso-ramon-194829a8/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Abogada</a></p>



<p>Sígueme en <a href="https://www.linkedin.com/in/maria-buso-ramon-194829a8/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Linkedin </a>e <a href="https://www.instagram.com/abogadamariabuso/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Instagram</a></p>



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		<title>El nuevo camino para eliminar deudas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Oscar Aguilera]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Feb 2023 09:40:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Bancario]]></category>
		<category><![CDATA[Masqueabogados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Acuerdo Extrajudicial de Pagos tras la reforma de la Ley Concursal La entrada en vigor de la Ley 25/2015, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas en orden social, más conocida como “Ley de la Segunda Oportunidad”, supuso un gran avance en materia económica y social para la [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h2 class="wp-block-heading">El Acuerdo Extrajudicial de Pagos tras la reforma de la Ley Concursal</h2>



<p>La entrada en vigor de la Ley 25/2015, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas en orden social, más conocida como “<strong>Ley de la Segunda Oportunidad</strong>”, supuso un gran avance en materia económica y social para la sociedad española.</p>



<figure class="wp-block-gallery aligncenter has-nested-images columns-default is-cropped wp-block-gallery-3 is-layout-flex wp-block-gallery-is-layout-flex">
<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="600" height="400" data-id="12807" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-69641073367.jpeg" alt="El nuevo camino para eliminar deudas abogados" class="wp-image-12807" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-69641073367.jpeg 600w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/pexels-photo-69641073367-300x200.jpeg 300w" sizes="(max-width: 600px) 100vw, 600px" /></figure>
</figure>



<p></p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué significó la Ley de la Segunda Oportunidad?:</strong></h3>



<p>Mediante esta Ley se permitió que aquellas familias y autónomos que estuvieran asfixiados por no tener ingresos suficientes para pagar sus deudas, y que no tenían solución posible ante ese problema, tuvieran la posibilidad de empezar de cero económicamente y volver a llevar una vida con total normalidad.</p>



<p>En sus orígenes, como paso previo a solicitar la exoneración vía judicial, el interesado debía llevar a cabo un intento de lograr un AEP (Acuerdo Extrajudicial de Pagos) en una Notaría radicada en la misma localidad de su domicilio, si era persona física, o en la Cámara de Comercio o Registro Mercantil, si la persona era considerada como empresario.</p>



<p></p>



<figure class="wp-block-image alignwide size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="398" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/images3339-1024x398.jpg" alt="El nuevo camino para eliminar deudas" class="wp-image-12799" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/images3339-1024x398.jpg 1024w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/images3339-300x117.jpg 300w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/images3339-768x299.jpg 768w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/images3339.jpg 1080w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p></p>



<h4 class="wp-block-heading">Novedades tras la Reforma:</h4>



<p>Sin haber intentado llegar a un acuerdo con los acreedores para el pago de la deuda, fuera cual fuera el resultado, el interesado no podía ir al Juzgado a solicitar el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y conseguir así la exoneración de las deudas.</p>



<p>Sin embargo, tras la reforma de la Ley Concursal, este requisito ya no resulta necesario para que se otorgue la liberación de las deudas.</p>



<p>Actualmente, el interesado que sea insolvente debe acudir directamente al Juzgado a solicitar la exoneración del pasivo, evitando el largo y costoso trámite que suponía la vía extrajudicial previa, y&nbsp; por tanto los gastos notariales.</p>



<p>Es por ello que, tras los cambios operados por la reforma llevada a cabo, se facilita a la gente que pueda acudir y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, permitiendo así que más familias y autónomos se beneficien de la exoneración de sus deudas. Aun así es necesario un procedimiento judicial siendo por tanto importante que se asesoren por un despacho de abogados especializado en estos temas.</p>



<p></p>



<p><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/"><strong>Francisco José Ortega Claramunt</strong> (Abogado)</a></p>



<p><a href="https://www.masqueabogados.com/#videoconsulta"><strong>RESERVA TU VIDEOCONSULTA</strong></a></p><p>The post <a href="https://www.masqueabogados.com/el-nuevo-camino-para-eliminar-deudas/"><strong>El nuevo camino para eliminar deudas</strong></a> first appeared on <a href="https://www.masqueabogados.com">Masqueabogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>Los morosos de los vecinos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[MarkArturoMQA]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Feb 2023 16:31:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Civil]]></category>
		<category><![CDATA[Masqueabogados]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[vecinos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Es frecuente en las comunidades de vecinos que haya propietarios que hayan dejado de pagar las cuotas de los gastos de comunidad. ¿Qué hacer en estos casos? Ante un impago reiterado se podría iniciar un procedimiento judicial para reclamar la deuda. Lo primero que se hará es reclamar fehacientemente la deuda al vecino deudor, normalmente [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h2 class="wp-block-heading">Es frecuente en las comunidades de vecinos que haya propietarios que hayan dejado de pagar las cuotas de los gastos de comunidad.</h2>



<p><strong>¿Qué hacer en estos casos?</strong></p>



<p>Ante un impago reiterado se podría iniciar un procedimiento judicial para reclamar la deuda.</p>



<p>Lo primero que se hará es reclamar fehacientemente la deuda al vecino deudor, normalmente mediante burofax que acredite dicha reclamación.</p>



<p>Si paga habrá concluido pero en el caso de que continúe sin pagar y el burofax no haya hecho efecto se podrá iniciar un procedimiento monitorio.</p>



<figure class="wp-block-image alignwide size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="640" height="428" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/vecinos-morosos3323.jpg" alt="" class="wp-image-12777" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/vecinos-morosos3323.jpg 640w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2023/02/vecinos-morosos3323-300x201.jpg 300w" sizes="(max-width: 640px) 100vw, 640px" /></figure>



<p></p>



<p>Previamente se convocará una reunión de la Comunidad en Junta General para hacer una fijación de la deuda y otorgar al Presidente la autorización de los vecinos para reclamar judicialmente dichos pagos, lo cual deberá constar en Acta.</p>



<p>Para ello será necesario la mayoría de los votos de los propietarios, posteriormente se notifica dicho Acuerdo aprobado en Junta a todos los propietarios, emitiendo el Secretario una certificación del acuerdo que se aprobó en Junta en relación a la liquidación de la deuda el cual irá firmada por el Presidente.</p>



<p>Si el moroso se opone al procedimiento monitorio y no paga la deuda se convertirá el procedimiento monitorio en verbal o en ordinario dependiendo de la cuantía de la deuda, por lo cual es importante que desde el primer momento la Comunidad cuente con el asesoramiento de un despacho de abogados que llegado el caso puedan defender los intereses de la Comunidad de Vecinos en el proceso judicial.</p>



<p></p>



<p><strong><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/">Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)</a></strong></p>



<p><a href="https://www.masqueabogados.com/#videoconsulta"><strong>RESERVA TU VIDEOCONSULTA</strong></a></p><p>The post <a href="https://www.masqueabogados.com/los-morosos-de-los-vecinos/">Los morosos de los vecinos</a> first appeared on <a href="https://www.masqueabogados.com">Masqueabogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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			</item>
		<item>
		<title>Han incumplido el contrato de obra y me deben más de 7.000 € ¿Qué puedo  hacer?</title>
		<link>https://www.masqueabogados.com/han-incumplido-el-contrato-de-obra-y-me-deben-mas-de-7-000-e-que-puedo-hacer/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=han-incumplido-el-contrato-de-obra-y-me-deben-mas-de-7-000-e-que-puedo-hacer</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Dolores]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Dec 2022 06:46:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Civil]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[audiencia previa]]></category>
		<category><![CDATA[juicio ordinario]]></category>
		<category><![CDATA[reclamación dinero]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.masqueabogados.com/?p=12623</guid>

					<description><![CDATA[<p>reclamación dinero con abogados</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>En primer lugar me imagino que si has llegado hasta aquí es que has intentado por todos los medios y por las buenas, (diciéndolo así coloquialmente) que te paguen esa deuda.</p>



<p>Y desgraciadamente no lo has podido conseguir.</p>



<h5 class="wp-block-heading">¿Qué podemos hacer en ese caso?</h5>



<p>Lo lógico es acudir a un despacho de abogados de su confianza para que le asesore de los pasos a seguir en la reclamación de la deuda.</p>



<h5 class="wp-block-heading">Primer paso. Burofax.</h5>



<p>El primer consejo es que si usted no le ha enviado un burofax al deudor que lo haga lo antes posible, y si puede redactárselo y encabezarlo un abogado mejor.</p>



<figure class="wp-block-image aligncenter is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/12/deudas.webp" alt="" class="wp-image-12624" width="570" height="321" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/12/deudas.webp 604w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/12/deudas-300x169.webp 300w" sizes="(max-width: 570px) 100vw, 570px" /><figcaption class="wp-element-caption">Reclamar una deuda</figcaption></figure>



<p>Hay veces que un burofax bien redactado puede tener efecto a la hora de resolver esta situación de forma satisfactoria.</p>



<p>Además de que el burofax interrumpiría la prescripción por lo que seria doblemente útil.</p>



<h5 class="wp-block-heading">¿Y si el burofax falla?</h5>



<p>Entonces es inevitable presentar demanda de juicio ordinario.</p>



<h5 class="wp-block-heading">¿Qué cauce procedimental seria el adecuado?</h5>



<p>Cuando se trate de reclamaciones superiores a 6000 € seria a través del juicio ordinario comenzando interponiendo demanda siendo necesario abogado y procurador.</p>



<p>La demanda una vez admitida se notifica a la parte contraria para que la conteste en un plazo de 20 días hábiles</p>



<h5 class="wp-block-heading">la audiencia previa</h5>



<p>Acto seguido se citará a las partes a una audiencia previa, donde se dilucirán cuestiones procedimentales, excepciones procesales, proposición de prueba y previamente se intentará llegar a un acuerdo.</p>



<p>En&nbsp; la misma audiencia previa se fijará la fecha del juicio.</p>



<p>No obstante nuestra recomendación es que desde el primer momento se acuda a un abogado que pueda asesorar, ver el enfoque adecuado y planificar todo el procedimiento.</p>



<p><strong><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/">Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)</a></strong></p>



<p><a href="https://www.masqueabogados.com/#videoconsulta"><strong>RESERVA TU VIDEOCONSULTA</strong></a></p><p>The post <a href="https://www.masqueabogados.com/han-incumplido-el-contrato-de-obra-y-me-deben-mas-de-7-000-e-que-puedo-hacer/">Han incumplido el contrato de obra y me deben más de 7.000 € ¿Qué puedo  hacer?</a> first appeared on <a href="https://www.masqueabogados.com">Masqueabogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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			</item>
		<item>
		<title>¿Puede obligarme la empresa a hacer un test covid?</title>
		<link>https://www.masqueabogados.com/puede-obligarme-la-empresa-a-hacer-un-test-covid/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=puede-obligarme-la-empresa-a-hacer-un-test-covid</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Dolores]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Jan 2022 06:45:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Artículos Jurídicos / Actualidad Jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Masqueabogados]]></category>
		<category><![CDATA[abogados laboralistas]]></category>
		<category><![CDATA[antígenos]]></category>
		<category><![CDATA[covid 19]]></category>
		<category><![CDATA[laboral]]></category>
		<category><![CDATA[vacunación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Privacidad datos sanitarios Teniendo en cuenta que todo trabajador tiene derecho a que sus datos sanitarios permanezcan en su esfera íntima. Un ejemplo de ello es que cuando un trabajador causa baja en el correspondiente parte médico nunca se establece la causa de dicha baja. ¿Me pueden obligar a hacer el test? La respuesta a [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h4 class="wp-block-heading"><strong><span class="has-inline-color has-black-color">Privacidad datos sanitarios</span></strong></h4>



<p>Teniendo en cuenta que todo trabajador tiene derecho a que sus datos sanitarios permanezcan en su esfera íntima.</p>



<p>Un ejemplo de ello es que cuando un trabajador causa baja en el correspondiente parte médico nunca se establece la causa de dicha baja.</p>



<p><strong><strong>¿Me pueden obligar a hacer el test?</strong></strong></p>



<p>La respuesta a la pregunta de si la empresa puede obligarme a hacer un test covid la encontramos sin duda en la Ley de Riesgos laborales, en el resto de normativa laboral.</p>



<p>Y en la obligación legal que tiene el empresario de velar por la seguridad de sus trabajadores, de la salud de estos en su puesto de trabajo, y la de otros compañeros a los que pueda afectar el estado de salud de un trabajador.</p>



<p>Pero es que además en el marco de situación excepcional sanitaria que está viviendo el País y Europa, y refrendado asimismo por la normativa Europea</p>



<figure class="wp-block-image size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/descargar.png" alt="" class="wp-image-12299" width="812" height="698"/><figcaption class="wp-element-caption">PCR</figcaption></figure>



<p>La prevención ante la situación generada por la covid-19 es una prioridad en cualquier actividad diaria que podamos realizar, y, no podía quedar excluida la actividad empresarial y laboral.</p>



<p>Por lo que la respuesta a la pregunta es SI.</p>



<p>El empresario puede pedir al trabajador que se haga un Test Covid para acudir al trabajo y el trabajador no puede, y no debe negarse, pues su negativa puede tener consecuencias laborales.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong><span class="has-inline-color has-black-color">¿Quién asume el coste económico de la prueba?</span></strong></h4>



<p>El empresario debe ofrecer al trabajador asumir el coste del test, y no repercutirle el tiempo que ha perdido en la realización de la prueba.</p>



<p>Es decir el coste de la prueba en su sentido mas amplio debe ser asumido por la Empresa.</p>



<p>Y dándose estas condiciones, además del apoyo legal de la toma de la referida medida por la Empresa, o de la petición del test por parte de la empresa, debe ser aceptado por el trabajador.</p>



<p>Y esto es así porque es evidente que el estado de salud del trabajador puede ser un peligro tanto para el mismo como para el resto de empleados o trabajadores o personas que tengan contacto con éste.</p>



<p>Los empresarios pueden y deben pedir dicha prueba para paralizar los contagios.</p>



<p>La Empresa tiene derecho a conocer si un trabajador está infectado o no.</p>



<p><strong><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/">Rosalía Pensado. Abogada y Mediadora.</a></strong></p>



<p><a href="https://www.masqueabogados.com/#videoconsulta"><strong>RESERVA TU VIDEOCONSULTA</strong></a></p><p>The post <a href="https://www.masqueabogados.com/puede-obligarme-la-empresa-a-hacer-un-test-covid/">¿Puede obligarme la empresa a hacer un test covid?</a> first appeared on <a href="https://www.masqueabogados.com">Masqueabogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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			</item>
		<item>
		<title>Volver a trabajar tras finalizar el estado de alarma.</title>
		<link>https://www.masqueabogados.com/volver-a-trabajar-tras-finalizar-el-estado-de-alarma/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=volver-a-trabajar-tras-finalizar-el-estado-de-alarma</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Dolores]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 16 Jan 2022 18:17:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Masqueabogados]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Medidas a adoptar por las empresas Todos nos preguntamos cuales van a ser las medidas se van a adoptar en las Empresas para protegernos de un contagio, de la infección del virus. Porque si bien es cierto que el Estado de Alarma ha finalizado, el virus sigue campando a sus anchas. Y la siguiente pregunta [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h4 class="wp-block-heading"><strong>Medidas a adoptar por las empresas</strong></h4>



<p>Todos nos preguntamos cuales van a ser las medidas se van a adoptar en las Empresas para protegernos de un contagio, de la infección del virus.</p>



<p>Porque si bien es cierto que el Estado de Alarma ha finalizado, el virus sigue campando a sus anchas.</p>



<p>Y la siguiente pregunta que todos nos hacemos es si podemos exigirle a la Empresa, a nuestra empresa, que nos proteja y adopte medidas que nos evite la infección y contagio del virus.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong><span class="has-inline-color has-black-color">Obligatoriedad de la empresa para proteger nuestra salud</span></strong></h4>



<p>La normativa laboral obliga a las empresas a adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad del trabajador en su puesto de trabajo y su salud.</p>



<p>Y está claro que el tema del COVID es un tema de salud, grave, muy grave.</p>



<p>Y que requiere medidas excepcionales.</p>



<p>Podemos exigir a nuestra empresa que adopte y nos proporcione sin coste alguno para nosotros las medidas necesarias para evitar el contagio: geles hidroalcohólicos, mascarillas, distancias de seguridad, mamparas, medidas especiales en la atención directa al público, aforos máximos, limpieza y desinfección continua del centro o puesto de trabajo, e incluso el test de Antígenos o PCR</p>



<pre class="wp-block-preformatted"></pre>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1022" height="1024" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/coronavirus-5058252_1280-1022x1024.png" alt="" class="wp-image-12294" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/coronavirus-5058252_1280-1022x1024.png 1022w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/coronavirus-5058252_1280-300x300.png 300w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/coronavirus-5058252_1280-150x150.png 150w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/coronavirus-5058252_1280-768x770.png 768w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/coronavirus-5058252_1280.png 1277w" sizes="(max-width: 1022px) 100vw, 1022px" /><figcaption class="wp-element-caption">prevención riesgos COVID</figcaption></figure>



<p>Dicho coste debería asumirlo la Empresa.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Normativa de prevención de riesgos laborales</strong></h4>



<p>La Ley de prevención de riesgos laborales es la base normativa fundamental sobre la que se construye el sistema de prevención en España.</p>



<p>En la misma se establece una serie de obligaciones a los empresarios para que garanticen la salud de los trabajadores.</p>



<p>Así, el artículo 14.2 establece la obligación empresarial general de <strong>“<em>garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo”</em></strong></p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong><span class="has-inline-color has-black-color">Consecuencias del incumplimiento</span></strong></h4>



<p>En caso de que la Empresa no cumpla debemos denunciar a la INSPECCION DE TRABAJO por el incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y en particular de las normas específicas frente al COVID.</p>



<p>Y por otro lado el articulo 21 de la Ley de prevención de riesgos laborales establece que en caso de incumplimiento de las obligaciones anteriormente expuestas, <strong>el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo,</strong> cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud.</p>



<p>Creo que la cuestión puede solucionarse con buena predisposición por ambas partes, y con la férrea voluntad de cumplir con la normativa.</p>



<p>Amén de consideraciones especificas en torno a las medidas adoptadas para frenar la crisis sanitaria.</p>



<p><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/">Rosalía Pensado. Abogada y Mediadora.</a></p>



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		<title>El informe pericial psicológico en los procesos de familia</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Dolores]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 09 Jan 2022 18:25:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho de Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Masqueabogados]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[divorcio]]></category>
		<category><![CDATA[familia]]></category>
		<category><![CDATA[informe psicosocial]]></category>
		<category><![CDATA[menores]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Habitualmente y cada vez con mas frecuencia se recurre al dictamen, no vinculante, de expertos, psicólogos forenses. Para evaluar las competencias de los progenitores, sus capacidades y el desarrollo emocional y necesidades del menor para establecer cual es el régimen de custodia más adecuado. La evaluación del menor Es muy frecuente que el menor se [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Habitualmente y cada vez con mas frecuencia se recurre al dictamen, no vinculante, de expertos, psicólogos forenses.</p>



<p>Para evaluar las competencias de los progenitores, sus capacidades y el desarrollo emocional y necesidades del menor para establecer cual es el régimen de custodia más adecuado.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong><span class="has-inline-color has-black-color">La evaluación del menor</span></strong></h4>



<p>Es muy frecuente que el menor se vea obligado, en muchas ocasiones por la actitud de uno de los progenitores inconsciente o consciente en otras ocasiones de hacerle participe del conflicto.</p>



<p>O dicho de otro modo de no preservarle del mismo.</p>



<p>En esas ocasiones el menor se ve obligado por no defraudar o “enfadar” a uno de los progenitores a decir o hacer lo que sabe que éste espera de él. </p>



<p>O tomar partido por él.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="806" src="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/children-6171439_1280-1024x806.png" alt="" class="wp-image-12274" srcset="https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/children-6171439_1280-1024x806.png 1024w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/children-6171439_1280-300x236.png 300w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/children-6171439_1280-768x604.png 768w, https://www.masqueabogados.com/wp-content/uploads/2022/01/children-6171439_1280.png 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">menores en procesos de familia</figcaption></figure>



<p>En términos forenses estamos ante una “instrumentalización” del menor, termino que particularmente me resulta muy gráfico.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong><span class="has-inline-color has-black-color">¿Qué es importante evaluar?</span></strong></h4>



<p>Y donde podemos encontrar el origen a este desequilibrio emocional del menor, se trata de evaluar cual es el origen</p>



<p>Pueden ser algunos de estos motivos.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Cuando los menores, los hijos, presencian las discusiones matrimoniales previas a la separación o divorcio.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Cuando un progenitor habla con el menor refiriéndose al otro progenitor en términos de falta de respeto, de menosprecio, de descalificación.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Poner en conocimiento de los hijos información de las circunstancias del divorcio que deben ser preservadas, como supuestas infidelidades, temas económicos, incumplimiento de obligaciones parentales, etc.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Cuando se trata de convencer al menor acerca de la conveniencia de quedarse con un progenitor, a fin de que este se posicione.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Cuando se trata de posicionar al menor en contra del otro progenitor de manera claramente intencionada evitando que el hijo o los hijos se relacionen con el padre, obstaculizando las visitas, impidiéndolas bajo diversas artimañas para luego decirles que el progenitor está ausente y no se preocupa de ellos.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>No darse cuenta de las verdaderas necesidades del hijo, y tener solo en cuenta las propias conveniencias e intereses.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Implicar al menor en el conflicto, informándole y hablándole de las cuestiones en las que no están de acuerdo e intentar que sea el hijo quien de alguna manera con su decisión ponga fin a esas diferencias. Con lo que le estamos dando al menor una responsabilidad que no le corresponde.</li>
</ul>



<p>Estas actuaciones como he indicado al principio no siempre son intencionadas.</p>



<p>Muchas veces uno de los progenitores no es consciente de que con su actitud, a veces de una forma victimista, o simplemente traumatizado o sobrepasado por una situación que tiene que manejar, se comporta así con los hijos.</p>



<p>Comentando sus circunstancias en voz alta, lamentándose, de “tú a tú”, haciéndoles partícipes de la situación, de sus miedos, etc.</p>



<p>Es importante la evaluación del menor cuando se sospecha de interferencias parentales.</p>



<p>Que el psicólogo sabrá detectar e informar no solo al Juzgado si no a los propios progenitores a fin de solucionar el conflicto preservando a los menores y garantizando su bienestar y desarrollo emocional.</p>



<p><strong><a href="https://www.masqueabogados.com/contacto/">Rosalía Pensado. Abogada y Mediadora</a></strong></p>



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