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Sentencia 129/15 del Juzgado de 1ª Inst nº 4 de Xativa de 5 de Noviembre de 2015

Por nulidad por error en el consentimiento prestado, la suscripción, en fecha 19 de julio de 2011, de acciones de BANKIA llevada a cabo por la parte demandante con la demandada, con restitución de las respectivas prestaciones recibidas por cada una de las partes, debiendo la entidad demandada abonar a la actora la suma de 1.680 euros con los intereses desde la fecha 19 de julio de 2011, y la actora deberá restituir a BANKIA las acciones y los rendimientos percibidos en su caso por las citadas acciones con los intereses legales desde la fecha de su recepción. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Letrada: Amparo Barrachina Coscolla

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