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¿Se puede desheredar a un hijo?

Autor:Dolores

Son muchas las consultas que nuestros clientes hacen a nuestro despacho sobre si es posible no dejar nada en herencia a uno de los hijos, al cónyuge o algún familiar.

La respuesta es que sí, siempre que se den causa de desheredación, privándole incluso de la legítima hereditaria.

Estas causas para poder desheredar están contempladas en nuestro Código Civil y son: (arts. 853 y concordantes):

testamento

Para todos los legitimarios:

  • Haber sido condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes.
  • Haber acusado al testador de delito cuando la acusación sea declarada calumniosa.
  • Haber obligado al testador, con amenaza, fraude o violencia, a hacer testamento o a cambiarlo.
  • Haberle impedido, con amenaza, fraude o violencia hacer testamento o revocar el que tuviera hecho, o suplantar, ocultar o alterar otro testamento posterior.

Para los hijos y descendientes:

  • Negar los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  • Haber maltratado o injuriado gravemente de palabra (maltrato psicológico) al padre o ascendiente que le deshereda

A los padres y ascendientes (art. 854 CCivil)

  • Haber perdido la patria potestad por las causas expresadas en el artículo 170.
  • Haber negado los alimentos a sus hijos o descendientes sin motivo legítimo.
  • Haber atentado uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos reconciliación

Al cónyuge, siempre que no esté separado

  • Haber incumplido grave o reiteradamente los deberes conyugales.
  • Haber incurrido en las causas de pérdida de la patria potestad.
  • Haber negado alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
  • Haber atentado contra la vida del cónyuge testador, si no ha mediado reconciliación

Por tanto si se dan alguna de estas causas usted puede acudir a un despacho de abogados para que le asesore previamente a redactar testamento y poderlo hacer correctamente.

M Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)

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