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Participaciones preferentes. Novedades Legislación

El día 29 de Noviembre de 2012 se celebró, convocado por la “Unión de Consumidores de la Unión Valenciana”, un “debate jurídico sobre las participaciones preferentes como productos financieros complejos”. La ponencia se llevó a cabo por Dª Mª Dolores Arlandis Almenar (Abogado del ICAV) en relación a los “aspectos legales de la venta de las participaciones preferentes a los consumidores clientes” y por parte de la Magistrada de la AP de Valencia Dª Purificación Martorell Zulueta en relación a “la visión de esta problemática desde el aspecto judicial”.

La participación preferente es un producto financiero que presenta altos niveles de riesgo y complejidad en su estructura y condiciones. Esta situación está reconocida por el legislador en la exposición de motivos de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre , de reestructuración y resolución de entidades de crédito , de reestructuración y resolución de entidades de crédito, que en su apartado IV afirma que: «se prevén medidas de protección del inversor, de manera que la Ley da respuestas decididas en relación con la comercialización de los instrumentos híbridos y otros productos complejos para el cliente minorista, entre los que se incluyen las participaciones preferentes, con el fin de evitar que se reproduzcan prácticas irregulares ocurridas durante los últimos años».

Las razones objetivas de la comercialización masiva de las participaciones preferentes es la necesidad de financiación de determinadas entidades financieras. La «inversión» que realizaban los participes se integraba como patrimonio neto y no como pasivo, permitiendo mayor liquidez a las mismas. Esta circunstancia motivó que se emitieran distintas participaciones preferentes.

La problemática que se plantea no es tanto su carácter complejo sino la forma en que ha sido comercializado por las entidades de crédito. La mayoría han colocado una parte importante de sus participaciones preferentes entre sus clientes minoristas, que tenían sus ahorros asegurados en depósitos a plazo fijo en la propia entidad y han visto transformados los mismos en instrumentos híbridos de alto riesgo, desconociendo muchos de ellos la inversión que se les ofrecía.

Por contener todas las novedades en cuanto a legislación y jurisprudencia, en el siguiente enlace podréis descargaros el PDF donde aparece la ponencia de Dña. María Dolores Arlandis:

Ponencia de Dña. Mª Dolores Arlandis en la Jornada sobre Normativa en referencia a la regulación de participaciones preferentes. Celebrada el 29 Noviembre de 2012 (PDF al final del artículo, dode pone Archivo Adjunto)
Publicado enDerecho Bancario

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